REDACCIÓN.- El Colegio Oficial de Enfermería de Madrid ya ha presentado sus alegaciones al Anteproyecto de Ley de Farmacia de la Comunidad de Madrid después de que la Dirección General de Inspección y Ordenación de la Consejería de Sanidad remitiera a la entidad colegial el texto normativo para efectuar las observaciones oportunas al mismo. La entidad colegial entiende que el texto invade, entre otras, las competencias del Estado en materia de ejercicio de las profesiones sanitarias tituladas y en materia de ordenación de las prestaciones sanitarias; y ha solicitado a la Consejería de Sanidad que admita a trámite esas alegaciones.
Desde el Codem se entiende que la norma en tramitación afecta a los derechos e intereses legítimos de las enfermeras y enfermeros de nuestra Comunidad y deja claro en su escrito que menoscaba sus competencias profesionales, atribuidas por la legislación estatal. Por tanto, desde el Colegio se entiende que el anteproyecto, de aprobarse tal y como se ha presentado, invade las competencias del Estado tanto en materia de ejercicio de las profesiones sanitarias tituladas como en materia de ordenación de las prestaciones sanitarias.
En su escrito de alegaciones, el Colegio advierte una vulneración del marco constitucional de distribución de competencias en materia de sanidad, de farmacia y de ejercicio de las profesiones sanitarias tituladas y por tanto el texto en proyecto no se ajusta a los términos establecidos por la legislación básica del Estado en vigor. Para el CODEM, uno de los dos objetivos declarados en la exposición de motivos del Anteproyecto (el de potenciar el papel asistencial de los establecimientos farmacéuticos y de sus profesionales como agentes de la salud) implica también una invasión de competencias estatales en materia sanitaria, farmacéutica y de regulación del ejercicio de las profesiones sanitarias.
El Anteproyecto indica que las oficinas de farmacia servirán “para la realización de actividades sanitarias de óptica, audioprótesis, ortopedia, análisis clínicos, nutrición y dietética” y que serán “dirigidas técnicamente por farmacéuticos de la plantilla de farmacia”. Además, añade en su articulado que corresponde a las oficinas de farmacia hacer “seguimiento de la medicación en programas de adherencia de pacientes mayores, crónicos, polimedicados y dependientes” e “intervención en la mejora de la adherencia a los tratamientos”.
Desde el Colegio se entiende que la objeción competencial surge, por un lado, al confrontar su contenido con lo dispuesto en el artículo 86, apartado 1, del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio; y, por otro, del artículo 103 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en su apartado 1, letras a) y b).
El CODEM especifica en su escrito de alegaciones que esa invasión de competencias en materia de ejercicio de las profesiones sanitarias tituladas se produce principalmente entre las especialidades de Enfermería de Familiar y Comunitaria y de Geriatría. El escrito detalla además que el anteproyecto también invade competencias relativas al Catálogo de Prestaciones y la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud.
En total, el CODEM ha indicado a la Consejería de Sanidad que la regulación contenida en los artículos 9; 10; 13.3; 15.2.b); 16.2; 22.3.d), e) y f); 22.4; 47.2.b), h) y l); 49 apartados 2, 3, 4, 6, 8, 12 y 17; y 50.2 f) del anteproyecto de Ley de Farmacia, en su redacción actual, vulneran las competencias exclusivas del Estado en materia de sanidad, farmacia y de ejercicio de las profesiones sanitarias tituladas.
Accede al escrito de alegaciones del CODEM pinchando aquí.
Un Comentario
Juan
y mas cuando se ve haciendo prescripciones medicamentosas a un auxiliar de farmacia, como es muy frecuente.