GEMA ROMERO.- El Consejo de Gobierno ha aprobado el Decreto que regula la constitución y funcionamiento de las unidades de gestión clínica del Servicio de Salud de Castilla y León y que hoy se publica en el Boletín Oficial de Castilla y León (BOCYL). La implantación será progresiva y voluntaria y podría estar en marcha “tal vez en enero”. Sin embargo, los enfermeros no podrán dirigirlas, a lo más que podrán aspirar es a ser nombrados coordinadores de Enfermería, salvo que se creen en un ámbito asistencial en el que no trabajen “profesionales sanitarios con categoría de licenciado o titulación equivalente especialista”.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno en el que se aprobó, el consejero de Sanidad, Antonio Sáez Aguado ha explicado que las unidades de gestión clínica suponen una “nueva fórmula organizativa que descentralizará la gestión para reforzar la capacidad de los profesionales en pro de una mayor calidad y eficacia”.
El Decreto pretende reforzar cuatro de sus componentes principales en referencia a la naturaleza jurídica «pública» de las unidades de gestión clínica; su funcionamiento de acuerdo con las normas de los hospitales y de la atención primaria; el mantenimiento de los profesionales como trabajadores públicos y la voluntariedad para formar parte de estas unidades.
El consejero de Sanidad ha apostado en todo momento por un «cambio tranquilo y, en la medida de lo posible, progresivo» del modelo organizativo que busca una mayor autonomía y reforzar la capacidad de gestión de los propios profesionales de la salud para que organicen el trabajo en función de criterios clínicos y de las necesidades de los pacientes.
El objetivo de ese nuevo modelo de gestión «voluntario», ha reiterado Sáez Aguado, es también demostrar que la sanidad pública puede funcionar mejor y ser más eficiente con la corresponsabilización de los profesionales para lo que el Decreto prevé cuatro grados de autonomía en la gestión de las unidades de gestión clínica que se alcanzarán progresivamente en función del cumplimiento de los objetivos previstos en el Plan de Gestión que presentarán a la Junta. De hecho, según el consejero, más de 110 equipos ya se han interesado por presentar proyectos para constituirse en una unidad de gestión clínica, aunque se desconoce cuántos enfermeros apoyan la medida. (Habría que preguntar cuántos enfermeros lo apoyan).
Los enfermeros no podrán dirigirlas
El artículo 9 del decreto establece que en atención primaria, la dirección de la unidad de gestión clínica recaerá “en un profesional sanitario con categoría de licenciado o titulación equivalente especialista”. En especializada “en un profesional sanitario que disponga del nombramiento de Jefe de Servicio, Jefe de Sección o responsable de Unidad”. De tal forma que sólo en el caso de que se cree en un ámbito asistencial en el que no haya licenciados, la dirección “recaerá en un profesional sanitario de la categoría enfermero/a”.
Ante esta discriminación, que vulnera normativa nacional como la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, el Consejo General de Enfermería que preside Máximo González Jurado, ya ha anunciado su intención de recurrir el decreto cuando, además, a estas alturas cualquier normativa ya debería hablar de Grados y no de la antigua distinción entre diplomados y licenciados.
Desde el máximo órgano de representación de la enfermería española se recuerda que la gestión sanitaria no tiene por qué estar ocupada exclusivamente por unos profesionales y no por otros, “cuando, además, la normativa vigente y las competencias profesionales de la enfermería la capacitan para ocupar un puesto de gestión en iguales condiciones que otros profesionales del ámbito sanitario”, afirma José Luis Cobos, asesor del Consejo General de Enfermería.
¿Apuesta por el desarrollo enfermero?
Este decreto, que en la práctica supone no otorgar a la enfermería capacidad de gestión, viene a cuestionar las propias declaraciones del consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, quien en la inauguración de las nuevas instalaciones del Colegio de Enfermería de Segovia, el pasado 20 de noviembre, afirmó que la enfermería “es una profesión autónoma pero que tiene todavía terreno que ganar en el ámbito de las competencias avanzadas” para alcanzar, a su juicio, un escenario en el que la enfermería asuma más competencias, más responsabilidades desde el punto de vista de los cuidados del paciente. “Eso es importantísimo. Nos acercará a la arquitectura de las profesiones sanitarias en Europa”, afirmó el consejero. Declaraciones que, una vez más, se quedan en papel mojado.
En cambio, la Xunta sí contempla el reforzamiento del rol de los enfermeros en la gestión clínica
2 Comentarios
Juan Carlos Caramés Hermo
Hola: decisiones normativas como esta última de Castilla y León son un claro exponente de las resistencias al cambio y a la cesión de un poder omnímodo por parte de las estructuras tradicionales del colectivo médico, en lo que a materia de gestión, planificación y toma de decisiones se refiere, en una concepción anacrónica consentida desde buena parte de la administración pública con competencias sanitarias. Sin embargo, como las reglas y directrices académicas y profesionales vienen reguladas, en gran medida, desde la Unión Europea, pienso que existe un resquicio para la esperanza. Las titulaciones actuales, los grados, que ostentan distintos profesionales del ámbito sanitario, garantizan una hipotética igualdad de oportunidades a la hora de acceder a un puesto, por méritos, capacidad e idoneidad. La labor, en este campo, ha de ser tanto de concienciación social y profesional como de pugna y reivindicación legal. A cada uno lo suyo, pero las reglas han de ser equitativas, no construídas expresamente para favorecer a los mismos de siempre.
Mercedes LPM
Actualmente no está vigente la titulación de licenciado. Por tanto el equivalente seria grado o pos-grado. Ambos requisitos los cumplen hoy en día muchos enfermeros, es decir que todos aquellos graduados o posgraduados en enfermería podrían optar a puestos de dirección según esa ley.