REDACCIÓN.- La Consejería de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Comunidad Valenciana ha puesto en marcha una bolsa de trabajo que choca frontalmente con su propia normativa sobre la contratación de personal sanitario para cubrir las plantillas de las residencias de mayores y de centros de discapacidad. Un nuevo sistema que afecta, especialmente, a los/as auxiliares de enfermería, porque en la convocatoria para cubrir la bolsa de empleo temporal específica del cuerpo C2-03-03, Auxiliar de Enfermería, de la Administración de la Generalitat –Convocatoria 503/23– no se solicitan estudios sanitarios y sólo se exige estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria (ESO). Así, denuncian una bolsa de empleo en Valencia para auxiliares sin estudios sanitarios.
Desde la Consejería de Igualdad se argumenta que la nueva bolsa se ampara en la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, que permite activar este tipo de bolsas de empleo, con la única exigencia de disponer de la ESO si se realiza una prueba –examen–. En esta legislación los requisitos se fijan siguiendo los grupos de clasificación profesional y, además, desde su aprobación se debe realizar una prueba de conocimientos para acceder a las bolsas de trabajo temporal.
En Igualdad se insiste en que los requisitos para optar a la plaza son b) Edad: tener 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación, c) Titulación: de conformidad con el artículo 31 de la Ley 4/21, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana, para el acceso a puestos del grupo C2 se requerirá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente o tener cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación y d) Capacidad: poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
Menoscabo para los servicios
Más allá de la realidad legislativa, esta situación “supone un menoscabo para los servicios de atención y cuidados en los centros sociosanitarios y un perjuicio para el trabajo de todo colectivo sanitario, –como el de Enfermería–, porque pone trabas a la calidad de la asistencia que deben recibir los usuarios y residentes de estos espacios”, según la presidenta del Colegio Oficial de Enfermería de Valencia (COENV), Laura Almudéver.
Al no exigir titulación sanitaria “incluso se pone en riesgo la vida de los usuarios porque, para algo tan sencillo como dar de comer a alguien con problemas de deglución, se necesita formación”, según la presidenta del Colegio de Enfermería de Valencia, quien recuerda que la titulación que debe poseer el personal auxiliar de enfermería en las residencias de mayores y personas dependientes se ya quedaba detallada en “la Orden de 4 de febrero de 2005, de la Conselleria de Bienestar Social (actual Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas) por la que se regula el régimen de autorización y funcionamiento de los centros de servicios sociales especializados para la atención de mayores”.
En concreto, en el apartado .b)8 de su artículo 26 que detalla la plantilla de personal se establece que “para el desempeño de los puestos de auxiliar de enfermería/gerocultor será requisito poseer el título oficial de Auxiliar de Enfermería, o bien el certificado de formación profesional de primer grado, rama sanitaria, o ciclo formativo equivalente o tener aprobada la especialidad completa del curso de auxiliar de enfermería en geriatría del Servicio Valenciano de Empleo y Formación u organismo oficial equivalente, autorizado por la Conselleria de Bienestar Social”.
Sin méritos ni experiencia
Sin embargo, resulta paradójico que en la convocatoria para cubrir los puestos de auxiliar de enfermería que acaba de activarse, únicamente se pide superar un solo un examen y no valoran méritos ni tiempo trabajado. Y llama poderosamente la atención que el único requisito para presentarse a estos puestos de auxiliar de enfermería es el de disponer de la ESO. Se debe tener en cuenta que los cinco temas que se piden en el examen son muy básicos y no reflejan la realidad de los cuidados diarios de los centros sociosanitarios.
Es decir, que no se exige ningún conocimiento ni nociones básicas sanitarias y sólo haber cursado la ESO: “Titulación: estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria (ESO) o equivalente o cumplidas las condiciones para obtenerlos antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes”.
Además, en las mismas bases se detalla que en caso de empate, se decidirá por mayor nivel de discapacidad y mayor edad. Es decir, que además de abrir la puerta a que quien se encargue de los cuidados básicos no tenga ninguna formación sanitaria, sino que se dará prioridad a quienes van a tener más dificultades para realizar el trabajo.