EUROPA PRESS.- El consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón, Sebastián Celaya, ha explicado que su Departamento ha hecho un análisis del Real Decreto que regula las competencias en enfermería y las restringe a la hora de prescribir y entregar medicamentos y «hay razones de peso para solicitar la suspensión cautelar» de esta norma.
Celaya ha anunciado que su Departamento «ha solicitado ya oficialmente a los servicios jurídicos» de la comunidad «que valoren presentar» la petición de paralización cautelar, algo que «ya han hecho» otros Gobiernos autonómicos y asociaciones de enfermería.
El consejero ha aclarado que es el Gobierno de Aragón quien debe presentar el recurso y ha opinado que el Real Decreto «no ha sido afortunado en su reacción» y, «tal y como está la situación, con el Gobierno central en funciones, lo más lógico sería paralizar momentáneamente su aplicación».
Ha añadido que también debería haber una nueva reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, donde se dan cita comunidades autónomas y Ejecutivo central y «llegar a un acuerdo para poder hacer un decreto que sea acorde a las necesidades que hoy en día tiene nuestro sistema sanitario».
Un Comentario
Julio Romerojulitoromerobar@gmail.com
El Consejero de Sanidad de Madrid, su Coordinador General de AP y algunos médicos presionan para que se incumpla dicho Decreto parano sentirse desbordados por la carga de trabajo, para la que no estaban preparados, ya que desconocen los procedimientos enfermeross y los protocolos y guías existentes no han sido validados según dicho decreto.
AMYTS defiende la aplicación del decreto y recomienda denuncias contra enfermeras que se salgan de dicho cuerpo legal.
Pero no se preocupan de hacer CONSENTIMIENTOS INFORMADOS MÉDICOS a que tienen derecho los pacientes tanto por la Ley Gral de Sanidad como en la Ley de Autonomía del paciente (Ley 41/2002 art. 3 y 2)
Si la OMC recomienda a sus representados dar las órdenes «formalmente» a las enfermeras por escrito por qué no aconsejan cumplir la ley en todos los aspectos.
Los enfermeros no actuarán si no hay CIM previo, no sólo la receta, dosis, pauta y duración.
Y no vale el «Tome vd. firme aquí». El CIM ha de ser leido, explicado y comprobado que se ha entendido por el paciente o el tutor.