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3 Comentarios

  1. 3

    fátima

    Por formación académica, entiendo que el diagnóstico médico y tratamiento a dicho diagnóstico, corresponde al médico, con lo cual la enfermería no puede prescribir al tratamiento médico, a no ser que hubiera protocolos al respecto, como acto delegado.
    El diagnóstico de enfermería lo realiza la enfermería y el tratamiento, incluida la prescripción, si la hubiera lo realiza la enfermería, siempre que dicha medicación esté sujeta a la autonomía de la enfermera , como lo indica La Plataforma de Prescripción Enfermera, presentada por los Colegios de Enfermería a nivel nacional, y cursos realizados por Universidad de ciencias de la Salud , como el sindicato satse, para dicha prescripción.
    Entiendo que dicha prescripción, está sujeta y respaldada legalmente, ya que es un acto dentro de la profesión enfermera.
    Como enfermera , creo que no tengo que prescribir ni puedo prescribir un tratamiento de un diagnóstico médico, pero sí el de enfermería.

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  2. 2

    PEDRO GUERRA TREJO

    SALUDOS.

    NO TENGO EN CLARO LO QUE SUCEDE. PUES SOY DE ECUADOR Y ME GUSTARIA SABER SOBRE LOS SUCESOS DE LA ENFERMERIA EN OTROS LUGARES, YA QUE ESPERO VIAJAR HACER EN ALGUN MOMENTO MI ESPECIALIDAD A OTRO PAIS.
    GRACIAS.

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  3. 1

    Manuel

    Hay que ser contundentes en las respuestas contra los que han llevado esto a esta situación, mediante movilizaciones y sobre todo información a los pacientes sobre dicha situación, Por cierto, hay una errata en la redacción del articulo, donde dice «el Ministerio de Sanidad modificó lícitamente el texto…», entiendo que debe decir «ilícitamente».

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