REDACCIÓN.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de acordar que admite a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Enfermería de Madrid contra la Orden 469/2021, de 16 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula el procedimiento de acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, en el ámbito de los cuidados generales y determinados cuidados especializados por parte de las enfermeras y enfermeros de los centros y organizaciones adscritos o vinculados al Servicio Madrileño de Salud, así como de aquellos adscritos o vinculados a entidades con las que el Servicio Madrileño de Salud tiene suscritos convenios singulares para la gestión de la asistencia sanitaria.
El motivo que sirvió de base para la impugnación de la orden es la vulneración del principio de igualdad ante la ley por excluir a 20.000 enfermeras y enfermeros (los que no están vinculados al SERMAS) de la posibilidad de obtener su acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en los términos previstos en el Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre, por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros y en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.