REDACCIÓN.- El Consejo de Colegios de Enfermeras y Enfermeros de Cataluña (CCIIC) y los colegios de Barcelona (COIB), Girona (COIGI), Lleida (COILL) y Tarragona (CODITA) han pedido la revisión del III Pre-Acuerdo del Institut Català de la Salut y el respeto del derecho de huelga como derecho individual y colectivo.

Después de revisar el III Pre-Acuerdo del ICS, el CCIIC y los cuatro colegios han querido realizar las siguientes puntualizaciones para requerir:

  1. En primer lugar, que el ámbito de competencia es propio de cada profesión y la autoridad para ejercerla la dan la titulación universitaria y la colegiación. Ninguna institución ni profesional puede dar autorización para ejercer competencias de una profesión a quien no esté capacitado para ejercerla (art. 9.4 de la Ley 44/2023, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias). No corresponde a los proveedores proponer experiencias no regladas.
  2. Que se nos considere, de acuerdo con la citada Ley, como facultativas con todos los derechos de representación, igualdad y participación, entre otros, inherentes a nuestra condición.
  3. Que la categoría profesional de la especialidad se vincule al puesto de trabajo, con valor diferenciador en la convocatoria de plazas, de acuerdo con el correspondiente título de especialista con Formación Sanitaria Especializada (FSE) y con la retribución correspondiente en el sueldo y complementos. Que la carrera profesional se atribuye al recorrido de toda la trayectoria profesional de la enfermera, que incluye la formación continua, los resultados asistenciales, la docencia y la investigación. Dentro de la carrera profesional se pueden incluir las enfermeras IPA y las experiencias clínicas todavía pendientes de ordenación profesional o con especialidades sin plan formativo desarrollado.
  4. Que no se puede circunscribir sólo la especialidad médicoquirúrgica (sin plan formativo) en el ámbito hospitalario y no tener en cuenta el resto de especialidades reconocidas que también prestan servicio (pediatría, geriatría, salud mental, comadronas y enfermeras del trabajo).
  5. Que el complemento de homologación del sueldo base no vaya en detrimento de la parte variable de la DPO y que la homologación contemple todos los complementos específicos, incluida la exclusividad.
  6. Por último, que se revise el III pre-Acuerdo para establecer una equidad en el reparto del presupuesto destinado a la mejora de las retribuciones de los profesionales o de las diferentes categorías profesionales, a la vez que se contemple la conciliación familiar y laboral.

Huelga

Ante la presión originada por las movilizaciones y huelgas previstas, consideramos que son muchos los retos profesionales pendientes de desarrollar y que han sido planteados reiteradamente por este Consejo ante el Departamento de Salud, el CatSalut y las patronales. Recordemos que, de acuerdo con nuestro Código de Ética, la enfermera puede ejercer el derecho a la huelga por razones de intereses profesionales y para mejorar el servicio que presta a las personas, familias o comunidad; y también es consciente del fin que persigue, de los valores y argumentos que la fundamentan y de sus consecuencias previsibles, velando por la seguridad de las personas atendidas.

Por todo ello, el CCIIC y los colegios han solicitado que se atiendan nuestros requerimientos y se vele porque el marco laboral de las enfermeras sea un factor de desarrollo y crecimiento profesional que permita proveer unos cuidados de salud de calidad a la población. Así, han pedido que se respete el derecho a huelga al que, el consejo y los respectivos colegios profesionales, apoyamos como derecho individual y colectivo de las enfermeras, siempre que se ajuste a nuestro Código de Ética ya la legislación vigente.

La AEC rechaza el nuevo convenio colectivo de trabajo

La Asociación de Enfermería Comunitaria (AEC), por su parte, ha publicado un comunicado donde rechaza el III Convenio Colectivo de Trabajo del Institut Català de la Salut (ICS). Afirma que «pone de relieve el menosprecio del desarrollo de las enfermeras por parte del ICS, ya que la supuesta equiparación salarial con las enfermeras del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT), se realiza igualando el sueldo fijo y reduciendo las tablas de dirección por objetivos (DPO)».

«No se contempla la posibilidad de reconocer la categoría de enfermera especialista en Enfermería Familiar y Comunitaria, adquirida como el resto de los profesionales de la salud mediante la Formación Sanitaria Especializada (FSE), con titularidad de plazas especialistas. A diferencia del resto de profesionales, se propone, como singular fórmula de reconocimiento, la inclusión en la carrera profesional. Esta fórmula pone de relieve la falta de seriedad y la desconexión con la realidad académica y profesional por parte del ICS, el Departament de Salut y los sindicatos ante el escenario de la figura de la enfermera especialista», explica la asociación.

Especialidad

La AEC expone que esta fórmula puede ser válida ante las figuras existentes pendientes de ordenación profesional, como Enfermeras de Práctica Avanzada (EPA), enfermeras expertas en áreas clínicas determinadas o en especialidades reconocidas sin desarrollo formativo, pero no para las enfermeras especialistas en Enfermería Familiar y Comunitaria (EFyC). «Las enfermeras especialistas Familiar y Comunitaria deben tener un espacio definido, planificado y estructurado que permita garantizar el éxito de las estrategias que se desarrollen para lograr los cambios necesarios. No tomar decisiones, en este sentido, supone una inadecuada gestión de los recursos que tiene como principal consecuencia la merma en la calidad de los cuidados prestados a las personas, familias y comunidad, así como la deficiente respuesta a las necesidades de salud y la toma de decisiones», apuntan.

Maltrato institucional

Según la Asociación de Enfermería Comunitaria, este preacuerdo supone un maltrato institucional, no se reconoce la aportación específica de las enfermeras especialistas en EFyC y no se da la oportunidad de desarrollarla. Esta situación supone, una vez más, una insuficiente previsión, organización, gestión y falta de autonomía profesional.

Así, exponen que «es necesario el reconocimiento de las instituciones del sistema, es lamentable, que las reivindicaciones profesionales que se reclaman desde los diferentes foros de la profesión, colegios profesionales y sociedades científicas, no tengan reflejo en los marcos laborales, perdiendo las oportunidades de reconocimiento del desarrollo de la profesión en los marcos científicos, retributivos y organizativos. Estas incomprensibles decisiones, que no solo atentan contra la dignidad profesional, sino también a la calidad de la prestación de cuidados enfermeros imprescindibles, han provocado un gran descontento y oposición».