REDACCIÓN.- La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha admitido a trámite el recurso presentado por el Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana (Cecova) contra la marginación a la que han sido sometidas las enfermeras en el texto del nuevo decreto del Consell que introduce cambios en la regulación de la tipología y funcionamiento de los centros, servicios y programas de servicios sociosanitarios y su ordenación dentro de la estructura funcional, territorial y competencial.
Al iniciar la vía legal, la organización enfermera muestra, de este modo, su total desacuerdo con la redacción de la nueva normativa que ha impulsado el secretario autonómico de Planificación y Organización del Sistema, Francesc Xavier Uceda, quien se comprometió personalmente con el presidente del Cecova, Juan José Tirado, a corregir el contenido del decreto para que todos los centros sociosanitarios mantuvieran la actual plantilla de Enfermería y que las enfermeras pudieran dirigir cualquier centro social. Una promesa que quedó desvanecida e incumplida tras publicarse la nueva legislación, que hacía caso omiso a las alegaciones presentadas por el colectivo.
Dicho decreto supone una discriminación y un agravio comparativo para la profesión enfermera, ya que elimina la presencia de las enfermeras en los Centros Especiales de Asistencia al Mayor (CEAM), tras su conversión en Centro de Envejecimiento Activo (CEA). Además, les veta la posibilidad de acceder a los puestos de dirección en los citados centros ya que únicamente se permite ejercer la dirección de un centro a cualquiera de las titulaciones que se exija a las profesionales de ese centro, entre las que no se encuentran las enfermeras en el borrador del Decreto.

Juan José Tirado (derecha) y Francesc Xavier Uceda (izquierda)
Esta supresión vulnera y destruye el actual sistema de autonomía personal, ya que la eliminación de las enfermeras de los CEAM hace desaparecer la prevención en el sistema de salud para los mayores de 60 años, ya que este colectivo es el que cuenta con las competencias legales para la dirección de los cuidados, entre ellos, los preventivos. «La función de las enfermeras no puede ser absorbida por otros profesionales sanitarios o no sanitarios, como pueden ser los fisioterapeutas, trabajadores sociales, terapeutas ocupacionales o psicólogos, pues las enfermeras tienen atribuida por ley determinadas funciones como son la prevención y promoción de la salud y diferentes actividades como son el control en la toma de constantes, etc. Las funciones y actividades de las enfermeras en los CEAM solo pueden ser realizadas por enfermeras y no por otros profesionales de forma que, su contravención supondría la consagración de un intrusismo profesional, siendo función de los Colegios de Enfermería garantizar la profesionalidad en la prestación de estos servicios y la persecución del intrusismo», afirman desde la organización.
Así, las enfermeras de la Comunidad Valenciana han querido denunciar el trato vejatorio y discriminatorio hacia la profesión presentando un recurso ante el TSJCV donde además afirman que «ni siquiera se ha consultado a ningún Colegio Provincial de Enfermería en la fase previa a la audiencia, como sí se ha hecho, por el contrario, con otros colectivos profesionales, no tan vinculados con el envejecimiento activo como la enfermería», concluyen desde la institución.