REDACCIÓN.- El Consejo Andaluz de Enfermería pide al consejero de Salud y Familias de Andalucía, Jesús Aguirre, que deje de utilizar acepciones anticuadas y obsoletas para referirse a las enfermeras. En este sentido, han pedido por carta que no se use la denominación de “diplomado sanitario” y se empiece a usar la de “profesional de enfermería”, mucho más acorde con la actualidad.
Desde la institución que representa a las 43.000 enfermeras, su presidente, José Miguel Carrasco, considera que denominar de otra forma a las enfermeras andaluzas “se traduce en un perjuicio contra el colectivo a nivel profesional y académico y puede devenir en una confusión para los usuarios del sistema sanitario”.
“Ha pasado ya mucho tiempo desde que las Escuelas de Enfermería se integraron en la Universidad, cambiando no sólo la antigua denominación de Diplomado en Enfermería, sino también la formación y el concepto de profesional de enfermería. Sin embargo, en Andalucía parece que la aplicación de este cambio normativo nunca se ha completado”, apuntan.
Ejemplo de ello son las últimas declaraciones realizadas a distintos medios de comunicación en las que Aguirre informaba de las medidas adoptadas por la propia Consejería para hacer frente a la crisis existente en la Atención Primaria de Andalucía. Tal y como apuntan, “de manera desafortunada y sorprendente para este Consejo, Aguirre argumentaba públicamente el incremento de “en 387 el número de profesionales, con 97 médicos, 251 diplomados sanitarios (enfermeras) y 39 profesionales de gestión y servicios”, empleando para ello, y de manera pública, una denominación obsoleta y anticuada que nos retrotrae a un tiempo anterior a los acuerdos internacionales en materia de formación universitaria”.
En palabras de José Miguel Carrasco “son las Administraciones Públicas las que han de velar porque la denominación del Título sea acorde con su contenido, coherente con su disciplina y no conduzca a error sobre su nivel o efectos académicos ni a confusión sobre su contenido y, en su caso, efectos profesionales, especialmente cuando la misma referencia no se hace con otra de las profesiones señaladas a la que se define según la denominación de la categoría de referencia”.