D. RUIPÉREZ/ M. VIEIRA .- Los enfermeros de prisiones lamentan que se sigan sin definir sus competencias y que cuando se habla de ello se les remita a las competencia del ATS de prisiones siguiendo una normativa hoy obsoleta. Además, su criterio está sometido al del médico e incluso al de director de prisiones, pero carecen de independencia alguna a pesar de su formación. Son 600 profesionales los que actualmente se encuentran en esta situación en nuestro país. Jesús Marín Daza, enfermero de prisiones y secretario de la Asociación Nacional de Enfermeros de Prisiones (ANEP), nos cuenta la discriminación que sufren.

¿Cuál es la situación de los enfermeros penitenciarios?

Cuando ingresé en prisiones no había ni grado en Enfermería, era una diplomatura. Afortunadamente, hace 30 años, no faltaba el trabajo pero en cuanto conocí la posibilidad de trabajar en prisiones me llamó la atención porque me motivaba el hecho de que el fin último de las prisiones es insertar y rehabilitar a las personas que están privadas de libertad. Si encima puedes trabajar con enfermos mentales, como es el caso de Sevilla por ser un psiquiátrico penitenciario, se convierte en algo vocacional. Yo tenía fácil acceder a un trabajo continuo fuera de este medio pero quise trabajar en esto.

¿Cuál es el reto de trabajar con estas personas y enfrentarse a los problemas de salud que puedan tener?

Lo básico que hay que hacer es olvidarse del delito o la acción por la que estén ingresados. Son un paciente más que en un momento dado necesita asistencia sanitaria. Cuando conocí este medio no sabía que existían enfermeros en prisiones pero vi la posibilidad de meterme y la verdad es que el trabajo es muy gratificante – por lo menos en mi caso particular- porque la interacción o el agradecimiento que te ofrecen las personas privadas de libertad es muy bonito. Ves que estás haciendo una labor con la que ellos se sienten satisfechos.

El trabajo, en principio, era precioso. Puedes hacer tanto Atención Primaria, como atención especializada. Un centro penitenciario es como una pequeña ciudad en la que la Atención Primaria está ahí. Con lo cual tienes que hacer tus programas de vacunaciones, de prevención, de educación para la salud. Por otro lado, está la atención especializada porque tenemos que contar con un pequeño servicio de urgencias. Si ocurre algo urgente, no pueden irse a un hospital y tenemos que prestar este tipo de atención. Se mezclan estos dos tipos de asistencia y es un trabajo muy completo.

Un centro penitenciario es como una pequeña ciudad»

¿Cuáles son vuestras principales reivindicaciones desde la asociación?

Afortunadamente, el trabajo de la enfermería ha evolucionado desde hace 40 años hasta el presente. Ha evolucionado en todos los campos excepto en la Enfermería de Instituciones Penitenciarias. Prisiones depende del Ministerio del Interior, quizá ese sea uno de los primeros obstáculos que tenemos, no tenemos funciones ni competencias como el resto de compañeros.

Contamos el artículo 324 del Reglamento Penitenciario en el que se definen las funciones del  Ayudante Técnico Sanitario (ATS) de prisiones. Es un reglamento del año 78-81, se modificó en el 96 pero mantuvieron ese artículo. En él se refleja que tenemos cinco funciones, en cuatro de ellas estamos a las órdenes del médico y en la quinta estamos a las órdenes del director o la persona que ejerza las funciones de director en el centro penitenciario. No tenemos independencia ninguna para nuestro trabajo. Algo que choca con la exigencia de que la atención en los centros penitenciarios se deba regir igual que en la calle, es decir, debemos trabajar como si fuésemos un equipo de Atención Primaria. Somos compañeros, con nuestras competencias, con funciones diferenciadas.

Nuestra principal pretensión es muy fácil y gratuita para la administración: queremos la derogación del artículo 324 del Reglamento Penitenciario que es el que especifica funciones obsoletas de la época franquista. Nos tienen sometidos a la jerarquización de médicos. Pretenden organizar la asistencia sanitaria desde una perspectiva arcaica. Exigimos la derogación de este artículo hasta que entren en vigor unas nuevas competencias en las que ya hemos estado trabajando con el Consejo General de Enfermería. Están redactadas y en la subdirección general de Instituciones Penitenciarias las conocen porque se las hemos presentado, pero se niegan en redondo a derogarlo.

Queremos la derogación del artículo 324 del Reglamento Penitenciario. Pretenden organizar la asistencia sanitaria desde una perspectiva arcaica»

¿Os habéis dirigido a Instituciones Penitenciarias directamente y no habéis obtenido respuesta?

Nos hemos dirigido a nuestro máximo representante en el Ministerio del Interior y -hablando malamente- han pasado de nosotros.

Desde el propio Consejo General de Enfermería se solicitó una reunión con el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, el 31 de enero de 2019 y debe de ser que la respuesta se ha perdido por el camino porque no han contestado todavía. El pasado 17 de febrero de este año desde el CGE se ha elevado otra carta al ministro del Interior solicitando una entrevista con alguien con potestad pero la verdad es que parece que se niegan. Parece que no quieren reconocer a la enfermería como un estamento independiente y no nos quieren reconocer como unos profesionales independientes, capacitados, con carrera profesional reconocida. Se empeñan en que sigamos siendo los practicantes del siglo pasado.

Se empeñan en que sigamos siendo los practicantes del siglo pasado»

¿Puede ocurrir que el director de la prisión, que no es profesional sanitario, os ordene como enfermeros que deis una medicación a un interno en concreto?

Hay casos en los que a compañeros les ha ordenado por teléfono el director del centro «oye, pon este tratamiento intramuscular porque he estado hablando con el médico y me dice que le pinches esto».

En otro centro penitenciario, a los dos enfermeros que estaban de guardia junto con un médico para atender a una población de más de 1.000 internos les dejaron sin médico. Llegó el mando de incidencia y dijo que el médico tenía que abandonar el servicio. Le prometió que iba a llegar otro, porque en ese centro hay más plantilla, pero estuvieron 24 horas sin médico.

¿Este tipo de situaciones pueden generar problemas de responsabilidad por parte del enfermero?

Nuestra forma de trabajar ahora nos crea muchísima inseguridad jurídica. Porque, por un lado, contamos el artículo 324 que dice que tenemos que estar siempre a las órdenes del médico pero a fecha de hoy hay muchas veces en las que no hay médico presencial. Hay ocasiones en las que no hay médico durante una semana, porque son centros donde hay un sólo médico en activo y se va de vacaciones, por ejemplo. Si ocurre una urgencia y hay que tomar una decisión no tienes la orden del médico pero tampoco ni éticamente ni por nuestro código deontológico lo vas a dejar sin atender.

Nos encontramos ante la situación de que si tomas una decisión y sale bien, todo perfecto, pero si sale mal puedes tener problemas. Además, el director del centro cuando tienes una incidencia te obliga a que hagas algo. Estamos entre la espada y la pared. Conozco casos de compañeros a los que se les ha abierto un expediente por no seguir las órdenes del médico. Pero a esas mismas personas cuando no hay médico les exigen tomar decisiones fuera de sus competencias.

 

Conozco casos de compañeros a los que se les ha abierto un expediente por no seguir las órdenes del médico»