MARINA VIEIRA.- La Consejería de Sanidad de la Región de Murcia ha emitido una circular sobre el Real Decreto de prescripción enfermera, a través de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Murciano de Salud, en la que se dan unas instrucciones que confunden a los profesionales de enfermería sobre cómo les afecta la publicación de la norma que entró en vigor el pasado diciembre.
En la circular, que se ha remitido a todas las áreas de salud de la comunidad autónoma se establece que “mientras no se elaboren y aprueben los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial para la indicación, uso y autorización de dispensación por parte de los enfermeros de medicamentos sujetos a prescripción médica, se podrá actuar conforme a los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial que actualmente están vigentes, hasta que se completen las previsiones del Real Decreto 954/2015”.
Esta interpretación de la norma no es correcta, ya que tal y cómo se informa desde el Consejo General de Enfermería, los protocolos aprobados anteriormente al decreto no se pueden seguir aplicando. Además, el artículo 6 del nuevo decreto de prescripción enfermera establece que los protocolos y guías de la práctica clínica y asistencial deben ser elaborados por la Comisión Permanente de Farmacia, validados por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad y publicados en el BOE mediante la resolución correspondiente, condiciones que actualmente no cumplen ninguno de los protocolos actualmente vigentes.
Desde la Mesa de la Profesión se incide en la importancia de recordar que “no se puede contravenir la norma” y que “es fundamental que las actuaciones se ajusten al nuevo marco legal establecido por el Real Decreto porque de lo contrario pueden incurrir en varios delitos”.
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Pues yo receto y paso de todos vosotros.