GEMA ROMERO.- El Juzgado de lo Social número 25 de Madrid ha reconocido a una enfermera del Hospital de Móstoles (Madrid) que su baja fue una enfermedad profesional por COVID-19 por su trabajo durante la primera ola de la pandemia. Así, en la resolución el juez anula una decisión del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que se negó a reconocer la contingencia como enfermedad profesional, en la baja por incapacidad temporal (IT), de esta enfermera que se contagió en la primera ola.
Con fecha 27 de marzo de 2020, la enfermera cursó baja por enfermedad común. Tras la realización de las oportunas pruebas serológicas y PCR en el mismo hospital donde trabaja, se confirma el diagnóstico inicial de infección debida al coronavirus, siendo dada de alta médica el 2 de junio de ese año, casi tres meses después de contraer la enfermedad.
El tratamiento de su patología requirió ingreso hospitalario desde el día 1 al 14 de abril de 2020, aunque en la actualidad continúa en seguimiento por las secuelas que ha dejado el virus en su organismo.
En octubre de 2020, la afectada solicitó al INSS la determinación de contingencia de la incapacidad temporal, y en diciembre, el citado organismo declara el carácter de la enfermedad común.
Tanto la Dirección de Enfermería como el propio director gerente del Hospital Universitario de Móstoles certificaron que la trabajadora había estado implicada directamente en la lucha contra la Covid-19 en el desarrollo de su actividad laboral y que había mantenido contacto físico con personas infectadas por este virus.
La responsable de Salud Laboral de CCOO Sanidad Madrid, Rosa Muelas, ha señalado que este reconocimiento «no solo es una necesidad desde el punto de vista médico por la cantidad de secuelas que deja sino que, además, es una cuestión de justicia «porque todos los y las profesionales que han tenido que sufrir esta pandemia, en los centros sanitarios y sociosanitarios, públicos y privados, se han expuesto a situaciones límite».