MARINA VIEIRA.- En la línea de la doctrina marcada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se determinaba los mismos derechos a los trabajadores temporales que a los trabajadores fijos, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) acaba de hacer firme una sentencia por la que reconoce que una trabajadora temporal – contratada en fraude de ley- debe adquirir los mismos derechos que una trabajadora indefinida no fija. El TSJPV, de este modo, obliga mediante sentencia al departamento de salud vasco a readmitir a la trabajadora despedida en la categoría de indefinida no fija “manteniéndola en el puesto hasta que plaza se amortice o se cubra de forma reglamentaria” relata la sentencia. Además, en el momento en el que la plaza se cubra mediante concurso u oposición, la sentencia obliga al organismo a “indemnizar por despido a razón de 20 días por año trabajado” a la trabajadora despedida en el primer momento.
Esta sentencia se une a la tendencia iniciada por el Tribunal Europeo por el que diferentes tribunales españoles están reconociendo los derechos laborales de trabajadores temporales en el sistema público español. Una tendencia que podría establecer el principio del fin de un tipo de contratación muy común en el sistema sanitario de nuestro país y podría significar el fin del exceso de contrataciones temporales en el sector.
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